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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2652 DE 1998
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo
22
Título
Texto
ARTICULO 22º.- Obligación de expedir certificados por parte del agente retenedor de timbre.
Los agentes de retención del Impuesto de timbre, deberán expedir al contribuyente por cada causación y pago del gravamen un certificado según el formato prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
El certificado a que se refiere este artículo, deberá expedirse a más tardar el último día del mes siguiente a aquel en el cual se causó el impuesto de timbre y debió efectuarse la retención.
Concordancias Legales
DECRETO 2300 DE 1996 ART. 22
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 378
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 381
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 622
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
AGENTES DE RETENCION - OBLIGACIONES
EXPEDICION DE CERTIFICADOS