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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 4907 DE 2011
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
3
Título
Texto
ARTÍCULO 3.
CORRECCIÓN DE LAS DECLARACIONES
.
La inconsistencia a que se refiere el literal d) del artículo
580
del Estatuto Tributario podrá corregirse mediante el procedimiento previsto en el artículo
588
del citado Estatuto, siempre y cuando no se haya notificado sanción por no declarar, liquidando una sanción equivalente al dos por ciento (2%) de la sanción por extemporaneidad prevista en el artículo
641
ibídem, sin que exceda de mil trescientas (1.300) UVT ($ 33.864.000 - valor 2012).
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 580
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 641
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Corrección de las Declaraciones Tributarias