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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 1066 DE 2006
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
21
Título
Texto
Artículo 21.
Vigencia y derogatorias
.
La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la frase "Tampoco habrá responsabilidad penal cuando el agente retenedor o responsable del impuesto sobre las ventas demuestre que ha suscrito un acuerdo de pago por las sumas debidas y que este se está cumpliendo en debida forma", contenida en el inciso 1° del artículo 42 de la Ley 633 del 2000, inciso 1° del artículo 31 del Decreto 1092 del 21 de junio de 1996 y el inciso 2° del artículo 634, los incisos 3° y 4° del artículo 814 y el inciso 2° del artículo 814-3 del Estatuto Tributario.
Concordancias Legales
Documentos que Afecta
DEROGO INCISO 2º ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 634
DEROGO INCISOS 3º Y 4º ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 814
DEROGO INCISO 2º ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 814-3.
DEROGO LA FRASE "Tampoco habrá responsabilidad penal cuando el agente retenedor o responsable del impuesto sobre las ventas demuestre que ha suscrito un acuerdo de pago por las sumas debidas y que este se está cumpliendo en debida forma." DE LA LEY 0633 DE 2000 ART. 42
DEROGO DECRETO 1092 DE 1996 ART. 31 INCISO 1°
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
VIGENCIA Y DEROGATORIAS