<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1198 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
13
Título
Texto
Artículo 13º.
Modificase el artículo 114 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así:
"Artículo 114º. Ingreso de mercancías a depósito o a la Zona Franca.
El depósito o el Usuario Operador de la Zona Franca, según corresponda, recibirá del transportador o del Agente de Carga Internacional, la planilla de envío, ordenará el descargue y confrontará la cantidad, el peso y el estado de los bultos con lo consignado en dicho documento. Si existiere conformidad registrará la información en el sistema informático de la Aduana.
Si se presentan inconsistencias entre los datos consignados en la planilla de envío y la carga recibida, o si se detectan posibles adulteraciones en dicho documento, o irregularidades en los empaques, embalajes y precintos aduaneras de la carga que es objeto de entrega, o ésta se produce por fuera de los términos provistos en el artículo anterior, el depósito o Usuario Operador de la Zona Franca elaborará el acta correspondiente, la cual, una vez suscrita conjuntamente con el transportador o el Agente de Carga Internacional, se transmitirá de inmediato a las autoridades aduaneras a través del sistema informático".
Concordancias Legales
DECRETO 2791 DE 2000 ART. 1
Documentos que Afecta
MODIFICO DECRETO 2685 DE 1999 ART. 114
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
INGRESO DE MERCANCIAS AL DEPOSITO
INGRESO DE MERCANCIAS A ZONA FRANCA - CONTENIDO