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Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Procedimiento tributario, procedimiento administrativo de cobro coactivo y régimen sancionatorio
Artículo
1.6.1.11.3.
Título
Procedimiento para la emisión, renovación, revocación de mecanismo de firma digital amparado en certificado digital.
Texto
Artículo 1.6.1.11.3.
Procedimiento para la emisión, renovación, revocación de mecanismo de firma digital amparado en certificado digital.
Para efectos de la emisión, renovación y revocación del mecanismo de firma amparado en certificado digital emitido por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN, se deberá seguir el procedimiento que señale dicha entidad.
Será responsabilidad del obligado a cumplir con el deber formal de declarar, así como del contador público o revisor fiscal, observar al interior de la empresa y respecto de terceros, las medidas de seguridad y protección del mecanismo de firma amparado en certificado digital y la información asociada al mismo.
Cuando sea necesaria la emisión de un nuevo mecanismo de firma amparado con certificado digital, el contribuyente o el representante legal, en el caso de personas jurídicas, deberá solicitarlo por escrito a la Administración correspondiente, anexando los documentos que lo acrediten para el efecto. Cuando exista cambio de contador público o revisor fiscal, será responsabilidad del representante legal informar el cambio a la Administración correspondiente.
La Administración dispondrá de tres (3) días hábiles para la emisión del mecanismo de firma amparado con certificado digital.
El mismo procedimiento se seguirá cuando por daños eventuales en los servicios informáticos electrónicos o la pérdida del mecanismo de firma con certificado digital o las claves secretas asociadas al mismo, sea necesaria la expedición de un nuevo certificado.
Parágrafo.
La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN establecerá las causales de revocación del mecanismo de firma con certificado digital.
(Art. 3, Decreto 1791 de 2007) (Vigencia del Decreto 1791 de 2007. Las normas expedidas con fundamento en los Decretos 408 de 2001, 4694 de 2005 y 1849 de 2006, vigentes a la fecha de entrada en vigencia del Decreto 1791 de 2007, que no sean contrarias a lo dispuesto en este último continuarán vigentes. (Art. 10, Decreto 1791 de 2007))
Concordancias Legales
DECRETO 1791 DE 2007 ART. 3
DECRETO 0408 DE 2001
DECRETO 1849 DE 2006
DECRETO 1791 DE 2007 ART. 10
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Firma Digital de las Declaraciones Tributarias - Procedimiento
PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN, RENOVACIÓN, REVOCACIÓN DE MECANISMO DE FIRMA DIGITAL AMPARADO EN CERTIFICADO DIGITAL.