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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0476 DE 1997 Document Link Icon
Tributario
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Retención en la fuente
Artículo8
Título

ARTICULO 8o.- Base de retención sobre ingresos de tarjetas débito.
A partir del 1 de marzo de 1997, la base de retención en la fuente sobre los ingresos de tarjetas débito de que trata el inciso 2o. del artículo 1 del Decreto 85 de 1997, será del ochenta y cinco y medio por ciento (85.5%) del valor total de los pagos o abonos efectuados, antes de descontar la comisión que corresponde a la emisora de la tarjeta.