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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
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Aduanas
Artículo
59-05
Título
Texto
Artículo 59-5. Solicitud de declaratoria de existencia de zonas francas permanentes especiales dedicadas a la prestación de servicios de salud.
Tratándose de zona francas permanentes especiales dedicadas a la prestación de servicios de salud, se deberá dar cumplimiento a los requisitos generales establecidos para la obtención de la declaratoria de zonas francas permanentes especiales señalados en el artículo 393-3 del decreto 2685 de 1999, en concordancia con artículo 59-3 de la presente resolución.
Además, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
a) En la certificación expedida por el funcionario competente de la entidad encargada del control y vigilancia de la prestación de servicios de salud debe constar el aval de dicha entidad sobre el proyecto a desarrollar;
b) Se deberá allegar un documento suscrito por el representante legal de la persona jurídica que pretenda obtener el reconocimiento como usuario industrial de servicios, en el cual se describan los equipos que se utilizarán para el desarrollo de sus actividades.
Parágrafo.
Dentro del compromiso de generación de empleo exigido para esta clase de proyectos se deberá precisar el porcentaje de conformación tanto de los empleos directos y formales como de los vinculados, entendiéndose por vinculados aquellos puestos de trabajo generados por terceros que presten sus servicios en las zonas francas en los términos establecidos en el artículo 392 del decreto 2685 de 1999.
(Adicionado este artículo por la Resolución 5532 de 2008)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 393-03
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 392
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 59-03
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
ADICIONADO POR LA RESOLUCION 05532 DE 2008 ART. 2
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
ZONAS FRANCAS PERMANENTES ESPECIALES
ZONAS FRANCAS PERMANENTES ESPECIALES - DECLARATORIA DE EXISTENCIA