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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 153 DE 2014
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
6
Título
Texto
ARTÍCULO 6o.
TÉRMINO PARA EFECTUAR LA DEVOLUCIÓN
.
El término para efectuar las devoluciones de que trata el presente Decreto será el consagrado en el artículo
855
del Estatuto Tributario, contado a partir de la radicación de la solicitud en debida forma ante la Dirección Seccional de Impuestos de Grandes Contribuyentes.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 855
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.6.1.22.6.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Devolución del Impuesto Sobre las Ventas
Impuesto Nacional al Consumo - Devolución para Personal y Misiones Diplomáticas o Consulares