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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
1.2.1.18.17.
Título
Procedencia de la deducción por concepto de regalías u otros beneficios.
Texto
Artículo 1.2.1.18.17.
Procedencia de la deducción por concepto de regalías u otros beneficios.
La deducción por concepto de regalías u otros beneficios originados en contratos sobre importación al país de tecnología y sobre patentes y marcas, será procedente siempre que se demuestre la existencia del contrato y su autorización por parte del organismo oficial competente, de conformidad con el artículo 18 del Régimen Común de Tratamiento a los capitales extranjeros y sobre marcas, patentes, licencias y regalías aprobado por la Comisión del Acuerdo de Cartagena y puesto en vigencia mediante el Decreto-Ley 1900 de 1973.
(Art. 67, Decreto 187 de 1975. Inciso 2 tiene decaimiento por la evolución legislativa (Ley 223 de 1995)) (Vigencia del Decreto 187 de 1975. El Decreto 187 de 1975 se aplicará a partir del ejercicio impositivo de 1974 salvo los casos expresamente exceptuados en el mismo o en las normas sustantivas y procedimentales del impuesto sobre la renta y complementario. (Art. 117, Decreto 187 de 1975))
Concordancias Legales
DECRETO LEY 1900 DE 1973
DECRETO 0187 DE 1975 ART. 67
DECRETO 0187 DE 1975 ART. 117
DECRETO 0187 DE 1975
LEY 0223 DE 1995
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Deducción de Regalias
PROCEDENCIA DE LA DEDUCCIÓN POR CONCEPTO DE REGALÍAS U OTROS BENEFICIOS.