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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2460 DE 2013 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo21
Título
ARTÍCULO 21. La U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá suscribir convenios o acuerdos con entidades públicas o particulares que ejerzan funciones públicas para:

1. Facilitar la inscripción, actualización y cancelación en el Registro Único Tributario (RUT);

2. Verificar y constatar la veracidad de la información relativa al domicilio de los inscritos en el Registro Único Tributario (RUT);

3. En general, obtener información que le permita actualizar la información de los inscritos en el Registro Único Tributario (RUT).

En estos convenios o acuerdos se establecerán los términos y condiciones de interoperabilidad, así como los responsables del manejo y uso de la información.