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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0383 DE 2007
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
8
Título
Texto
ARTICULO 8°.
Zonas Francas Transitorias
.
Las solicitudes de declaratoria de Zona Franca Transitoria, referidas a eventos que se pretendan realizar con anterioridad al quince (15) de abril de realización del evento.
Para estos casos, la resolución que declare el área como Zona Franca Transitoria, especificará el período de declaratoria el cual incluirá la duración del evento, un período previo de quince (15) días y uno posterior hasta de seis (6) meses, prorrogable este último por una sola vez y hasta por el mismo término.
Los bienes de que trata el artículo 410-13 y los señalados en el artículo 410-14 que no hayan sido consumidos, distribuidos o utilizados durante el evento, deberán dar cumplimiento a los presupuestos establecidos en el artículo 410-15 de este decreto.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 410-13
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 410-14
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 410-15
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
ZONAS FRANCAS TRANSITORIAS