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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
161
Título
Texto
Articulo 161º. Obligación del diligenciamiento.
Por cada Declaración de Importación cuyo valor FOB total contenido en la factura o contrato, sea igual o superior a US. $5.000 dólares de los Estados Unidos de América, o cuando se trate de valores fraccionados o envíos múltiples o fraccionados, que sumados igualen o superen este valor, deberá diligenciarse un formulario de la Declaración Andina del Valor.
En los eventos en que el valor contenido en la factura o en el contrato no esté expresado en términos FOB, el importador deberá realizar las operaciones necesarias para adecuarlo a estos términos, solo con fines de determinar la obligación del diligenciamiento.
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 169
ORDEN ADMINISTRATIVA 0002 DE 2002 ART. ITEM UNICO
ORDEN ADMINISTRATIVA 0006 DE 2002 ART. ITEM 7
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION ANDINA DEL VALOR - DILIGENCIAMIENTO
DECLARACION ANDINA DEL VALOR - FORMULARIO
DECLARACION DE IMPORTACION - DILIGENCIAMIENTO