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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto Sobre las Ventas - IVA
Artículo
1.3.1.7.5.
Título
Base gravable y tarifa en moteles, amoblados o similares.
Texto
Artículo 1.3.1.7.5.
Base gravable y tarifa en moteles, amoblados o similares.
En el servicio de moteles, amoblados y similares, la base gravable la constituye el valor total del servicio y sobre la misma se aplica la tarifa del doce por ciento (12%) (hoy diez y seis por ciento 16%).
(Art. 19, Decreto 0422 de 1991, se actualiza la tarifa de conformidad con el artículo 468 del Estatuto Tributario)
Concordancias Legales
DECRETO 0422 DE 1991 ART. 19
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0468.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
BASE GRAVABLE
BASE GRAVABLE Y TARIFA EN MOTELES, AMOBLADOS O SIMILARES.