<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto Sobre las Ventas - IVA
Artículo
1.3.1.8.4.
Título
Texto
Artículo 1.3.1.8.4.
IVA sobre servicios funerarios y responsables.
De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 174 de 1994, los servicios funerarios, los de cremación, inhumación y exhumación de cadáveres, alquiler y mantenimiento de tumbas y mausoleos están excluidos del impuesto sobre las ventas. Quienes presten servicios funerarios y de manera habitual también vendan bienes corporales muebles gravados con el impuesto a las ventas, son responsables de este impuesto en la forma establecida en el Estatuto Tributario, por las operaciones de venta.
(Art. 16, Decreto 326 de 1995, la expresión “y los avisos funerarios de prensa contratados a través de las funerarias” fue derogada tácitamente por el artículo 48 de la Ley 488 de 1998)
Concordancias Legales
LEY 0174 DE 1994
LEY 0488 DE 1998 ART. 48
DECRETO 326 DE 1995
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Impuesto Sobre las Ventas en la Prestación de Servicios
Servicios Funerarios
IVA SOBRE SERVICIOS FUNERARIOS Y RESPONSABLES.