c. Cartridges: 1. Tamaño: 152 mm x 101 mm 2. Ancho de la cinta: ¼ pulgada 3. Almacenamiento: 150 Mb a 1.2 GB 4. Código de grabación: ASCII 5. Número de registros por bloque: 50 6. Longitud de registros: 130 posiciones(BYTES) 7. Sin rótulo de identificación: (SIN HEADER LABEL) d. Minicartridge: 1. Tamaño: 95 mm x 62 mm 2. Ancho de la cinta: 8 milímetros 3. Almacenamiento: 2.3 GB o 5.0 GB 4. Código de grabación: ASCII 5. Número de registros por bloque: 50 6. Longitud de registro: 130 posiciones (BYTES) 7. Sin rótulo de identificación: (SIN HEADER LABEL) e. DISQUETES: 1. Tamaño disquetes: 3 ½ pulgadas 2. Densidad de grabación: Doble cara, alta densidad. 3. Código de grabación : ASCII 4. Longitud del registro : 130 posiciones (BYTES) ARTICULO 8°: La información deberá grabarse con código ASCII como archivo plano (extensión ASC). El nombre del archivo debe ser IMP623.ASC. También se aceptará la información presentada en archivo texto (extensión PRN), generado de hoja electrónica convertido a archivo texto, justificado con espacios, el nombre del archivo debe ser IMP623.PRN. Teniendo en cuenta que cada columna debe ser asimilada a cada una de las posiciones definidas en los diseños de registros que se detallan más adelante, sin incluir títulos a las columnas. PARAGRAFO I. El formato de la hoja electrónica deberá ser el MODELO NORMAL, compuesto por la siguiente combinación de formatos: FORMATO CONFIGURACION Número Standard Fuente Arial 10 Alineación Alineación inferior, General Bordes Sin bordes Diseño Sin sombrear Protección Desactivada La información debe ser relacionada mediante dos tipos de registros, así: en el primer registro o fila 1 corresponde al registro de identificación (tipo 1), a partir del segundo registro o la fila 2 los registros de movimiento (tipo 2). PARAGRAFO II. Solo cuando la información exceda la capacidad del medio magnético a utilizarse, se deberá optar por el medio magnético siguiente en capacidad, esto con el objeto de que únicamente se utilice un medio magnético por el año gravable, según la información solicitada por esta resolución. PARAGRAFO III. En ningún caso los campos definidos como numéricos deben grabarse con caracteres especiales tales como puntos (.), comas (,), signo pesos ($), etc. y deben venir justificados con ceros a la izquierda. Tampoco se acepta que la información contenga alguna línea o registro de título. PARAGRAFO IV. Los valores informados deben expresarse en pesos, aproximándose al múltiplo de mil (1000) más cercano. ARTICULO 9°.: La información debe ser relacionada mediante dos (2) tipos de registros, los cuales se distinguen por los códigos que se incluye en las primeras posiciones del registro. El registro TIPO1 contiene los datos del informante, el registro TIPO2 contiene los datos de los informados. Si la información se graba como hoja electrónica, cada columna debe ser asimilada a cada una de las posiciones definidas en los registros que a continuación se detallan. Los diseños de los registros (anexo 1) son los siguientes: 1. REGISTRO DE IDENTIFICACION (TIPO 1) POSICIONES CONTENIDO 1-1 Tipo de registro. Llevará el carácter numérico "1". 2-5 Año gravable a que se refiere la información. (Cuatro caracteres numéricos). 6-7 Tipo de entidad informante. Para efectos de la presente resolución el tipo es 10. (Dos caracteres numéricos). 8-21 NIT de la entidad informante. (Catorce caracteres numéricos, justificados con ceros a la izquierda). 22-22 Dígito de verificación. (Un carácter numérico). 23-23 un espacio en blanco 24-83 Razón social de la entidad informante (Sesenta caracteres). 84-93 Número total de registros tipo 2 informados el medio magnético. (Diez caracteres numéricos, justificados con ceros a la izquierda). 94-113 Valor total de la sumatoria del valor de todos los registros tipo 2 informados en el medio magnético (en pesos, aproximándolo al múltiplo de mil (1000) más cercano). (Veinte caracteres numéricos, justificados con ceros a la izquierda). 114-121 Fecha de grabación de la información, en formato año, mes, día (AAAAMMDD). (Ocho caracteres numéricos). 122-125 Información del carrete.