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LEY 1819 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo127.
TítuloRetención en la fuente en la explotación de películas cinematográficas.
ARTÍCULO 127. Modifíquese el artículo 410 del Estatuto Tributario el cual quedará así:

Artículo 410. Retención en la fuente en la explotación de películas cinematográficas. En el caso de explotación de películas cinematográficas, a cualquier título, la retención en la fuente se determina sobre el valor bruto del pago o abono en cuenta y estará sometido a una tarifa del quince por ciento (15%).