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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY LEY 1450 DE 2011
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto a las ventas
Artículo
35
Título
Texto
ARTÍCULO 35. IMPORTACIONES DE ACTIVOS POR INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN Y CENTROS DE INVESTIGACIÓN.
Modifíquese el artículo 428-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 30 de la Ley 633 de 2000, el cual quedará así:
“
Artículo 428-1.
Los equipos y elementos que importen los centros de investigación o desarrollo tecnológico reconocidos por Colciencias, así como las instituciones de educación básica primaria, secundaria, media o superior reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional y que estén destinados al desarrollo de proyectos calificados como de carácter científico, tecnológico o de innovación según los criterios y las condiciones definidas por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, estarán exentos del impuesto sobre las ventas (IVA)”.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0428-1.
Documentos que Afecta
MODIFICO ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0428-1.
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
IMPORTACION DE ACTIVOS POR INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR
IMPORTACIONES EXENTAS