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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0836 DE 1991
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la renta y complementarios
Artículo
31
Título
Texto
ARTICULO 31- Costos en Telecomunicaciones:
En la prestación del servicio de telecomunicaciones que genere ingresos gravables en Colombia, se aceptarán los costos en que se ha incurrido para la prestación del mismo, sin que opere la limitación a que se refiere el artículo 122 del Estatuto Tributario, así sobre talles costos no se haya efectuado retención en la fuente por no existir obligación legal para hacerlo.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 122
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Concordancias Jurisprudenciales
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