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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 07373 DE 2007
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
1
Título
Texto
Artículo 1º. Declaración de importación de mercancías.
En aplicación de lo previsto en el inciso 3º del artículo 119 del Decreto 2685 de 1999, adicionado por el artículo 2º del Decreto 2373 de 2004, la declaración de importación de las mercancías clasificables por los capítulos 50 al 64 del Arancel de Aduanas, procedentes de la República de Panamá, deberá presentarse en forma anticipada a su llegada al territorio aduanero nacional con una antelación no superior a quince (15) días.
(Modificado este artículo por la Resolución 7637 de 2007)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 119
RESOLUCION 07373 DE 2007 ART. 6
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO POR RESOLUCION 07637 DE 2007 ART. 1
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE IMPORTACION - PRESENTACION
DECLARACION ANTICIPADA
DECLARACION ANTICIPADA - TERMINOS