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LEY 1819 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo44
TítuloMétodos de valoración de inventarios.
ARTÍCULO 44. Modifíquese el artículo 65 del Estatuto Tributario el cual quedará así:

Artículo 65. Métodos de valoración de inventarios. Para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, los métodos de valoración de inventarios, esto es, las fórmulas de cálculo del costo y técnicas de medición del costo, serán las establecidas en la técnica contable, o las que determine el Gobierno nacional.