<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1198 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
23
Título
Texto
Artículo 23º.
Modificase el artículo 519 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así:
"Articulo 519º. Incumplimiento de términos.
Los términos para decidir de fondo previstos en el presente Capítulo son perentorios y su incumplimiento dará lugar al silencio administrativo positivo. Cuando el procedimiento se haya adelantado para imponer una sanción, se entenderá fallado a favor del administrado. Cuando el procedimiento se haya adelantado para formular una liquidación oficial, dará lugar a la firmeza de la declaración. En los casos de mercancía aprehendida para definición de situación jurídica, dará lugar a la entrega de la misma al interesado, previa presentación y aceptación de la declaración de legalización, cancelando los tributos aduaneros a que hubiere lugar y sin el pago de sanción alguna por concepto de rescate.
No procederá la entrega de la mercancía respecto de la cual no sea procedente la legalización de que trata el artículo 228º del presente Decreto, ni de aquellas mercancías sobre las cuales existan restricciones legales o administrativas para su importación.
Cuando no sea posible legalizar la mercancía, el procedimiento previsto en el presente Título continuará hasta la definición de la situación jurídica de la mercancía.
Igualmente, transcurrido el plazo para resolver el recurso de reconsideración, sin que se haya notificado decisión expresa, se entenderá fallado a favor del recurrente, en cuyo caso la autoridad competente de oficio o a petición de parte así lo declarará.
Habrá lugar a la aplicación del silencio administrativo positivo cuando desde la iniciación del respectivo proceso, hayan transcurrido más de doce (12) meses sin haber desarrollado el proceso y proferido la decisión de fondo.
Lo previsto en este artículo se aplicará sin perjuicio de las investigaciones y sanciones disciplinarías a que haya lugar”.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 228
DECRETO 1778 DE 2000 ART. 8
Documentos que Afecta
MODIFICO DECRETO 2685 DE 1999 ART. 519
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
TERMINOS - INCUMPLIMIENTO