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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 4345 DE 2004
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
18
Título
Texto
ARTICULO 18. Declaración de Ingresos y Patrimonio.
Las entidades calificadas como Grandes Contribuyentes obligadas a presentar declaración de ingresos y patrimonio deberán utilizar el formulario prescrito por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y presentarla dentro del plazo previsto en el artículo 13 del presente Decreto.
Las demás entidades deberán utilizar el formulario que prescriba la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y presentarla dentro de los plazos previstos en el artículo 14 del presente Decreto.
En ambos casos se omitirá el diligenciamiento de los datos relativos a la liquidación del impuesto y el anticipo.
Concordancias Legales
DECRETO 4345 DE 2004 ART. 13
DECRETO 4345 DE 2004 ART. 14
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE INGRESOS Y PATRIMONIO - GRANDES CONTRIBUYENTES