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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0400 DE 1987
Tributario
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Retención en la fuente
Artículo
19
Título
Texto
Artículo 19.- La Retención en la Fuente por concepto de pagos o abonos en cuenta en contratos de consultoría que se rigen por las disposiciones del Decreto 222 de 1983, es del siete por ciento (7%). La misma tarifa se aplicará a los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios en los contratos de administración delegada, a que se refiere el artículo 14 del Decreto 2509 de 1985.
Lo dispuesto en el presente artículo se entiende sin perjuicio de las normas sobre retención en la fuente aplicables a los contribuyentes sin domicilio o residencia en el país.
Concordancias Legales
DECRETO 222 DE 1983
DECRETO 2509 DE 1985 ART. 14
DECRETO 3715 DE 1986 ART. 1
LEY 174 DE 1994 ART. 9 LIT. C)
DECRETO 408 DE 1995 ART. 6
DECRETO 2812 DE 1991 ART. 1
DECRETO 1354 DE 1987 ART. 5
DECRETO 2026 DE 1983 ART. 12
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RETENCION EN LA FUENTE POR PAGOS DE HONORARIOS