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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0558 DE 1999
Tributario
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Retención en la fuente
Artículo
3
Título
Texto
ARTICULO 3°. CAUSACION DE LA AUTORRETENCION Y RETENCION EN LA FUENTE.
La auterretención o retención en la fuente sobre los rendimientos financieros vencidos provenientes de un título de denominación en moneda extranjera se deberá practicar al momento de efectuarse el pago de los intereses de un período, por parte del emisor o administrador de la emisión, o al momento de la enajenación del título.
Parágrafo.
La declaración y pago de los valores autorretenidos de acuerdo con el régimen señalado en el presente decreto, deberá efectuarse dentro de los plazos previstos por el Gobierno Nacional para la presentación y pago de las declaraciones de retención en la fuente.
Concordancias Legales
DECRETO 1033 DE 1999 ART. 1
DECRETO 1033 DE 1999 ART. 3
DECRETO 1033 DE 1999 ART. 4
DECRETO 1033 DE 1999 ART. 5
DECRETO 1033 DE 1999 ART. 6
DECRETO 1033 DE 1999 ART. 7
DECRETO 1033 DE 1999 ART. 8
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.4.2.62.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
CAUSACION DE LA RETENCION POR PAGOS DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS
AUTORRETENEDORES