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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2682 DE 2014 Document Link Icon
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Aduanas
Artículo1
Título
ARTÍCULO 1o. DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE ZONAS FRANCAS PERMANENTES DEDICADAS EXCLUSIVAMENTE A LAS ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN TÉCNICA, EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS COSTA AFUERA Y SUS ACTIVIDADES RELACIONADAS. Sin perjuicio de lo establecido por el parágrafo 1o del artículo 392-1 del Decreto número 2685 de 1999, modificado por el artículo 2o del Decreto número 4051 de 2007, podrá declararse la existencia de Zonas Francas Permanentes en cualquier parte del territorio nacional costa afuera dedicadas exclusivamente a las actividades de evaluación técnica, exploración y producción de hidrocarburos costa afuera, así como las actividades de logística, compresión, transformación, licuefacción de gas y demás actividades directamente relacionadas con el sector de hidrocarburos costa afuera.

Esta declaratoria podrá comprender áreas continentales o insulares para el desarrollo de las actividades descritas en el inciso anterior.