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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 4051 DE 2007
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
35
Título
Texto
ARTÍCULO 35.
Vigencia.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y en especial el parágrafo del artículo 393-7 del Decreto 2685 de 1999, el parágrafo 2° del artículo 393-14 del Decreto 2685 de 1999, el artículo 393-26 del Decreto 2685 de 1999, adicionados por el artículo 1° del Decreto 383 del 2007 y el parágrafo transitorio del artículo 4° del Decreto 383 del 2007 .
Concordancias Legales
Documentos que Afecta
DEROGO DECRETO 2685 DE 1999 ART. 393-07 PARAGRAFO
DEROGO DECRETO 2685 DE 1999 ART. 393-14 PARAGRAFO 2
DEROGO DECRETO 2685 DE 1999 ART. 393-26
DEROGO DECRETO 0383 DE 2007 ART. 4 PARAGRAFO TRANSITORIO
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
VIGENCIA Y DEROGATORIAS