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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2321 DE 1995 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo14
TítuloARTICULO 14o.- Plazo especial para presentar la declaración de instituciones financieras intervenidas.

Las instituciones financieras que hubieren sido intervenidas de conformidad con el Decreto 2920 de 1982 o normas posteriores, podrán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios correspondiente a los años gravables de 1987 y siguientes en el formulario DIAN 77.001.95 o 77.025.95 según el caso, y cancelar el impuesto a cargo determinado en ellas, dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha en que se aprueben de manera definitiva los respectivos estados financieros correspondientes al segundo semestre del año gravable objeto de aprobación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 663 de 1993.