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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
INSTRUCCION 0015 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
ITEM 6
Título
Texto
6. TEXTILES.
Deben ser objeto de donación a la Red de Solidaridad Social los textiles que por su volumen y calidad, no ameriten la realización de un evento de venta.
Los textiles aprehendidos, decomisados o abandonados a favor de la Nación en la Jurisdicción de la Administración de Aduanas de Medellín podrán ser vendidos a través de las agremiaciones ASOTEXTIL y ACOLTEX en concordancia con lo establecido en los artículos 529 y
530 del Decreto 2685 de 1999. En caso de no aceptarse la oferta de venta, serán objeto de donación. En las demás Administraciones se podrán comercializar de acuerdo con las normas establecidas.
En todo caso, previo a la disposición se debe solicitar concepto sobre la calidad y descripción total de la tela a la División Técnica o quien haga sus veces, de tal forma que permita individualizar el producto y decidir acerca de la modalidad de disposición.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 531
RESOLUCION 4240 DE 2000
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
MERCANCIA ABANDONADA - DONACION
MERCANCIA APREHENDIDA - DONACION
MERCANCIA DECOMISADA - DONACION