<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1794 DE 2013
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto a las ventas
Artículo
21
Título
Texto
ARTÍCULO 21.
LIMITACIÓN EN IMPUESTOS DESCONTABLES PARA LA BASE GRAVABLE ESPECIAL
.
En la prestación de servicios de que trata el artículo
462-1
del Estatuto Tributario, el responsable sólo podrá solicitar impuestos descontables por los gastos directamente relacionados con el AIU, que constituye la base gravable del impuesto y que en ningún caso podrá ser inferior al 10% del valor total del contrato o de la remuneración percibida, de conformidad con lo establecido en el artículo
13
del presente decreto.
En consecuencia, en ningún caso dará derecho a descuento el impuesto sobre las ventas cancelado por los costos y gastos necesarios para la prestación de los servicios mencionados.
Concordancias Legales
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.3.1.6.12.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores