<< Volver

Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1240 DE 1979 Document Link Icon
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo1
Título
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

DECRETO NUMERO

1240 DE 1979


Por el cual se reglamenta la Ley 20 de 1979.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA :


ARTICULO 1 : Sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto 139 del 25 de enero de 1979 y en el artículo 5o. del presente Decreto, las personas jurídicas que efectúen pagos en dinero o en títulos representativos de éste por concepto de intereses, deberán retener dinero, al momento de efectuar el pago y a título de impuesto sobre la renta y complementarios, el 5% del total del respectivo pago.