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Area del Derecho
DECRETO 1240 DE 1979
Tributario
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Retención en la fuente
Artículo
1
Título
Texto
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECRETO NUMERO
1240 DE 1979
Por el cual se reglamenta la Ley 20 de 1979.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
en uso de sus facultades constitucionales,
DECRETA :
ARTICULO 1
: Sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto 139 del 25 de enero de 1979 y en el artículo 5o. del presente Decreto, las personas jurídicas que efectúen pagos en dinero o en títulos representativos de éste por concepto de intereses, deberán retener dinero, al momento de efectuar el pago y a título de impuesto sobre la renta y complementarios, el 5% del total del respectivo pago.
Concordancias Legales
DECRETO 139 DE 1979 ART. 4
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 397
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 395
DECRETO 3715 DE 1986 ART. 3
DECRETO 2715 DE 1983 ART. 1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RETENCION EN LA FUENTE POR PAGOS DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS
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