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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento tributario, procedimiento administrativo de cobro coactivo y régimen sancionatorio
Artículo
1.6.1.11.10.
Título
Declaraciones que se tienen por no presentadas.
Texto
Artículo 1.6.1.11.10.
Declaraciones que se tienen por no presentadas.
No se entenderá cumplido el deber de presentar la declaración tributarla, en los siguientes casos:
a) Cuando la declaración no se presente en los lugares señalados para tal efecto.
b) Cuando no se suministre la identificación del declarante, o se haga en forma equivocada.
c) Cuando no contenga los factores necesarios para identificar las bases gravables.
d) Cuando no se presente firmada por quien deba cumplir el deber formal de declarar; o cuando se omita la firma del contador público o revisor fiscal existiendo la obligación legal.
(Art. 24, Decreto 88 de 1988, literal e) tiene decaimiento en virtud de la derogatoria del literal e) del artículo 580 del Estatuto Tributario, por el artículo 140 de la Ley 6 de 1992)
Concordancias Legales
DECRETO 0088 DE 1988
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 580
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Declaraciones Tributarias que Se Tienen por no Presentadas