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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
1.2.1.18.4.
Título
Vida útil de los activos fijos depreciables adquiridos a partir de 1989.
Texto
Artículo 1.2.1.18.4.
Vida útil de los activos fijos depreciables adquiridos a partir de 1989.
La vida útil de los activos fijos depreciables, adquiridos a partir de 1989 será la siguiente:
Inmuebles (incluidos los oleoductos)
20 años
Barcos, trenes, aviones, maquinaria, equipo y bienes muebles
10 años
Vehículos automotores y computadores
5 años
Parágrafo.
Se tendrán como activos adquiridos en el año, aquellos que a 31 de diciembre del año anterior figuraban como "maquinaria en montaje", "construcciones en curso" y "activos fijos importados en tránsito" y que se incorporen como activos fijos utilizables durante el respectivo período.
(Art. 2, Decreto 3019 de 1989)
Concordancias Legales
DECRETO 3019 DE 1989 ART. 2
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Depreciación de Activos Fijos
VIDA ÚTIL DE LOS ACTIVOS FIJOS DEPRECIABLES ADQUIRIDOS A PARTIR DE 1989.