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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
246
Título
Tarifa especial para dividendos y participaciones recibidos por establecimientos permanentes de sociedades extranjeras.
Texto
Artículo
246
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Tarifa especial para dividendos y participaciones recibidos por establecimientos permanentes de sociedades extranjeras
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(ARTICULO MODIFICADO POR EL ART. 8 DE LA LEY 1819 DE 2016)
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La tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a los dividendos y participaciones que se paguen o abonen en cuenta a establecimientos permanentes en Colombia de sociedades extranjeras será del cinco por ciento (5%), cuando provengan de utilidades que hayan sido distribuidas a título de ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.
Cuando estos dividendos provengan de utilidades que no sean susceptibles de ser distribuidas a título de ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, estarán gravados a la tarifa del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el valor pagado o abonado en cuenta, caso en el cual el impuesto señalado en el inciso anterior, se aplicará una vez disminuido este impuesto.
En cualquier caso, el impuesto será retenido en la fuente en el momento del pago o abono en cuenta.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 12
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 20
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 21
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 391
LEY 223 DE 1995 ART.99
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 20
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 407
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0321-1.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIIFCADO POR LEY 1819 DE 2016 ART. 8
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
TARIFA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA DIVIDENDOS RECIBIDOS POR SUCURSALES DE SOCIEDADES EXTRANJERAS