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Documento Jurídico de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1739 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Aduanas
Mención ResponsabilidadMINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Título Uniforme
AutorCOLOMBIA - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Datos BibliográficosAZ DECRETOS 1999 ARCHIVO DIVISION DE RELATORIA. OFICINA NACIONAL DE NORMATIVA Y DOCTRINA. DIAN
NotasDEROGO EL ARTICULO 16 DEL DECRETO 2532 DE 1994 Y EL LITERAL K) DEL ARTICULO 4 DEL DECRETO 197 DE 1995
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECRETO No. 1739
(07 de Septiembre de 1999)

Por el cual se deroga el artículo 16 del Decreto 2532 de 1994 y el literal k) del artículo 4 del
Decreto 197 de 1995 y se dictan otras disposiciones

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades constitucionales y legales, que le confieren el numeral 25 del articulo
189 de la Constitución Política, con sujeción a los artículos 3 de la Ley 6 de 1971 y 2 de la Ley 7
de 1991,

D E C R E TA:

ARTICULO PRIMERO.- Derogase el artículo 16 del Decreto 2532 de 1994 y el literal k) del artículo 4 del Decreto 197 de 1995.

ARTICULO SEGUNDO.- Los Usuarios Aduaneros Permanentes y las Sociedades de lntermediación Aduanera, a que se refieren los literales b) y c) del artículo 3 del Decreto 2532 de 1994, tendrán que capacitar a los representantes y auxiliares que acrediten ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y, una vez por semestre, dictarles cursos sobre actualización de las disposiciones vigentes que en materia aduanera y en desarrollo de la actividad de comercio exterior se expidan.

ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.


Documento creado el 01/26/2000