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LEY 1819 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo291.
Título
ARTÍCULO 291. Modifíquese el numeral 2 del artículo 658-3 del Estatuto Tributario el cual quedará así:

2. Sanción por no exhibir en lugar visible al público la certificación de la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), por parte del responsable del régimen simplificado del IVA.

Se impondrá una multa equivalente a diez (10) UVT.