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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1960 DE 1996 Document Link Icon
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Retención en la fuente
Artículo1
Título

ARTICULO PRIMERO. RETENCION EN LA FUENTE SOBRE TITULOS CON DESCUENTO:

A partir de la vigencia del presente decreto, sin perjuicio de las retenciones efectuadas sobre los intereses, cuando se trate de títulos con descuento, el rendimiento financiero por concepto del descuento, tendrá los siguientes porcentajes de retención en la fuente, dependiendo del período de redención del título:

Periodo de redención del título % de retención

Hasta un 1 año 7.00
Superior a 1 año y hasta 2 años 6.04
Superior a 2 años y hasta 3 años 5.32
Superior a 3 años y hasta 4 años 4.58
Superior a 4 años y hasta 5 años 3.92
Superior a 5 años y hasta 6 años 3.29
Superior a 6 años y hasta 7 años 2.72
Superior a 7 años y hasta 8 años 2.25
Superior a 8 años y hasta 9 años 1.80
Superior a 9 años 1.39