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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2243 DE 2015
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
28
Título
DECLARACIÓN Y PAGO BIMESTRAL DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS.
Texto
PLAZO PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS.
ARTÍCULO 28.
DECLARACIÓN Y PAGO BIMESTRAL DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
.
Los responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2015, sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT, ($2.601.668.000) así como los responsables de que tratan los artículos
477
y
481
del Estatuto Tributario, deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y pagar de manera bimestral utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Los períodos bimestrales son: enero-febrero; marzo-abril; mayo-junio; julio-agosto; septiembre-octubre; y noviembre-diciembre.
Los vencimientos, de acuerdo con el último dígito del NIT del responsable, que conste en el certificado del Registro Único Tributario (RUT), sin tener en cuenta el dígito de verificación, serán los siguientes:
último dígito es
Enero-febrero 2016 hasta el día
Marzo- abril 2016 hasta el día
Mayo-junio 2016 hasta el día
0
8 de marzo de 2016
11 de mayo de 2016
12 de julio de 2016
9
9 de marzo de 2016
12 de mayo de 2016
13 de julio de 2016
8
10 de marzo de 2016
13 de mayo de 2016
14 de julio de 2016
7
11 de marzo de 2016
16 de mayo de 2016
15 de julio de 2016
6
14 de marzo de 2016
17 de mayo de 2016
18 de julio de 2016
5
15 de marzo de 2016
18 de mayo de 2016
19 de julio de 2016
4
16 de marzo de 2016
19 de mayo de 2016
21 de julio de 2016
3
17 de marzo de 2016
20 de mayo de 2016
22 de julio de 2016
2
18 de marzo de 2016
23 de mayo de 2016
25 de julio de 2016
1
22 de marzo de 2016
24 de mayo de 2016
26 de julio de 2016
último dígito es
Julio-agosto 2016 hasta el día
Septiembre-octubre hasta el día
Noviembre-diciembre hasta el día
0
8 de septiembre de 2016
9 de noviembre de 2016
12 de enero de 2017
9
9 de septiembre de 2016
10 de noviembre de 2016
13 de enero de 2017
8
12 de septiembre de 2016
11 de noviembre de 2016
16 de enero de 2017
7
13 de septiembre de 2016
15 de noviembre de 2016
17 de enero de 2017
6
14 de septiembre de 2016
16 de noviembre de 2016
18 de enero de 2017
5
15 de septiembre de 2016
17 de noviembre de 2016
19 de enero de 2017
4
16 de septiembre de 2016
18 de noviembre de 2016
20 de enero de 2017
3
19 de septiembre de 2016
21 de noviembre de 2016
23 de enero de 2017
2
20 de septiembre de 2016
22 de noviembre de 2016
24 de enero de 2017
1
21 de septiembre de 2016
23 de noviembre de 2016
25 de enero de 2017
PARÁGRAFO.
Para los responsables por la prestación de servicios financieros y las empresas de transporte aéreo regular, que en al año 2013 se les autorizó el plazo especial de que trata el parágrafo 1o del artículo
23
del Decreto número 2634 de 2012, el plazo para presentar la declaración bimestral del impuesto sobre las ventas y cancelar el valor a pagar vencerá en las siguientes fechas:
Enero-febrero 2016 hasta el día
Marzo-abril 2016 hasta el día
Mayo-junio 2016 hasta el día
29 de marzo de 2016
27 de mayo de 2016
27 de julio de 2016
Julio-agosto 2016 hasta el día
Septiembre-octubre hasta el día
Noviembre-diciembre hasta el día
27 de septiembre de 2016
28 de noviembre de 2016
27 de enero de 2017
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0477.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0481.
DECRETO 2634 DE 2012
DECRETO 2243 DE 2015 ART. 31
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.6.1.13.2.28.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Declaración Bimestral del Impuesto Sobre las Ventas