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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2460 DE 2013
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
6
Título
Texto
ARTÍCULO 6o.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT).
Es el proceso por el cual las personas naturales, jurídicas y demás sujetos de obligaciones administradas por la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), obligados a inscribirse, se incorporan en el Registro Único Tributario (RUT), con el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el presente Decreto.
PARÁGRAFO. Sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar, la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), tendrá vigencia indefinida y, en consecuencia, no se exigirá su renovación.
Concordancias Legales
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.6.1.2.7.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Registro Unico Tributario - Inscripción