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Documento Jurídico de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0930 DE 1996
Tributario
Banco de Datos
Impuesto sobre la renta y complementarios
Mención ResponsabilidadMINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Título Uniforme
AutorCOLOMBIA - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Datos BibliográficosAZ DECRETOS 1996. ARCHIVO DIVISION DE RELATORIA. OFICINA NACIONAL DE NORMATIVA Y DOCTRINA. DIAN
Notas
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO


DECRETO NUMERO 0930
24 DE MAYO DE 1996


Por el cual se determinan una Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo y una Zona de Frontera, y se deroga el Decreto número 896 de 1996.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 5 de la Ley 191 de 1995,


DECRETA:

ARTICULO PRIMERO: Para los efectos de la Ley 191 de 1995, se determina como Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo, el Municipio de Agustín Codazzi, ubicado en el Departamento del Cesar, y como Zona de Frontera, el Corregimiento de Cumaribo, ubicado en el Departamento de Vichada, además de las establecidas en los Decretos 1814 y 2036 de 1995 y 150 de 1996.


ARTICULO SEGUNDO: El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga el Decreto número 896 de 1996.

Documento creado el 12/24/1997