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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0150 DE 1997
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
21
Título
Texto
ARTICULO 21.- Títulos de Descuento Tributario.
Créanse los Títulos de Descuento Tributario (TDT) de la Nación, no negociables, cuyo único beneficiario es la Nación, destinados a pagar los tributos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con excepción del impuesto sobre la renta y complementarios, que se causen en proyectos de inversión de impacto regional financiados con recursos del Presupuesto Nacional en la proporción que estos recursos financien el proyecto y en las condiciones que establezca el Gobierno Nacional.
La emisión y entrega de los TDT la efectuará la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en la información que le suministre el Organo o entidad ejecutora y con cargo a los respectivos proyectos de inversión.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, adoptará los procedimientos que considere necesarios a fin de autorizar y controlar el pago de los impuestos nacionales con los Títulos de descuento Tributario, TDT.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 806.
DECRETO 2300 DE 1996 ART. 26
DECRETO 2300 DE 1996 ART. 27
DECRETO 2652 DE 1998 ART. 27
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
ADICIONADO POR DECRETO 251 DE 1997 ART. 5
Concordancias Jurisprudenciales
SENTENCIA DE 1997 MARZO 19 DECLARO INEXEQUIBLE
Descriptores
TITULOS DE DEVOLUCION DE IMPUESTOS TIDIS
PAGO DEL IMPUESTO