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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto a las ventas
Artículo
0473.
Título
Texto
ARTICULO 473. BIENES SOMETIDOS A LAS TARIFAS DIFERENCIALES DEL 35% O DEL 20%
<Artículo modificado por el artículo
17
de la Ley 223 de 1995. El nuevo texto es el siguiente:> Los bienes incluidos en este artículo están sometidos a la tarifa diferencial del treinta y cinco por ciento (35%), cuando la venta se efectúe por quien los produce, los importa o los comercializa, o cuando fueren el resultado del servicio a que se refiere el parágrafo del artículo
476
.
PARTIDA ARANCELARIA DENOMINACIÓN DE LA MERCANCIA
22.08 Alcohol etílico sin desnaturalizar con un grado alcohólico volumétrico inferior a 80% vol.; aguardientes, licores, y demás bebidas espirituosas; preparaciones alcohólicas compuestas del tipo de las utilizadas para la elaboración de bebidas, distintos de los sabajones y ponches - cremas y aperitivos de menos de 20 grados.
PARAGRAFO.
<Parágrafo derogado por el artículo
134
de la Ley 633 de 2000.>
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0476.
DECRETO 0380 DE 1996 ART. 25
LEY 1819 DE 2016 ART. 376.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO PARAGRAFO POR LEY 223 DE 1995 ART. 17
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
TARIFA DIFERENCIAL DEL 35%
TARIFA DIFERENCIAL DEL 20%
BIENES GRAVADOS