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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
0284.
Título
Texto
ARTICULO 284. PASIVOS DE COMPAÑIAS DE SEGUROS
.
<Fuente original compilada: D.2053/74 Art.
125
> Las compañías de seguros deben incluir dentro de su pasivo:
1. El valor de los siniestros, pólizas dotales, rentas vitalicias y dividendos vencidos y pendientes de pago en el último día del año o período gravable.
2. El importe de los siniestros avisados.
3. Las cuotas vencidas y pendientes de pago, provenientes de contratos de renta vitalicia.
4. Las indemnizaciones y dividendos que los asegurados hayan dejado a interés en poder de la compañía, más los intereses acumulados sobre aquellos, de acuerdo con los contratos, y
5. El importe que, al fin de año, tenga la reserva matemática o la técnica exigida por la ley.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 96
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 97
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0282.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
PASIVOS EN COMPAÑIAS DE SEGUROS