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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0535 DE 1987
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
2
Título
Texto
Art. 2
.- Para efectos de lo previsto en el artículo 29 de la Ley 75 de 1986, se considera como un gasto laboral y no como un gasto financiero, el valor de los intereses sobre cesantías que deben reconocer los patronos a sus trabajadores. En consecuencia, tales intereses podrán ser deducidos en su totalidad de la renta del contribuyente, siempre que cumplan los demás requisitos que para su aceptación exigen las normas vigentes.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 109
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 110
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.18.67.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DEDUCCION DE CESANTIAS PAGADAS
DEDUCCIONES