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Unidad Informática de Legislación
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DECRETO 1625 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento tributario, procedimiento administrativo de cobro coactivo y régimen sancionatorio
Artículo1.6.1.4.16.
TítuloRequisitos de contenido técnico de la factura electrónica y de las notas crédito.
Artículo 1.6.1.4.16. Requisitos de contenido técnico de la factura electrónica y de las notas crédito. La factura electrónica y las notas crédito deberán contener dentro del formato electrónico en el que se conservan, información técnica de control referida al contenido fiscal mismo, al momento de expedición y al formato electrónico de conservación del documento, entre otros, de acuerdo con las características que establezca la Unidad Administrativa Especial Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN.

(Art. 4, Decreto 1929 de 2007) (El Decreto 1929 de 2007 rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 1094 de 1996, sin perjuicio de lo previsto en el inciso segundo del artículo anterior. Art. 13, Decreto 1929 de 2007)