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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
31
Título
Texto
Artículo 31º. Contenido del acto administrativo de inscripción de los transportadores.
En la parte resolutiva del acto administrativo de inscripción de los transportadores deberá quedar expresamente establecido:
a) La inscripción del peticionario como transportador, indicando su razón social y NIT.
b) Modo de transporte para el cual se inscribe y vigencia de la inscripción.
c) Asignación de un número de identificación de tres (3) dígitos, el cual deberá emplear en sus actividades.
d) Indicar que la persona jurídica adquiere las obligaciones a que se refieren los artículos 355 y 356 del Decreto 2685 de 1999.
e) La forma de notificación y los recursos que proceden contra el acto administrativo.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 355
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 356
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
TRANSPORTADORES - INSCRIPCION