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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
1.2.2.5.3.
Título
Remoción de la lista.
Texto
Artículo 1.2.2.5.3.
Remoción de la lista.
El Gobierno nacional podrá, en cualquier momento y mediante decreto, remover del listado contenido en el artículo 1.2.2.5.1 del presente decreto a los países, jurisdicciones, dominios, estados asociados o territorios a los cuales les sea aplicable o suscriban un tratado o un acuerdo internacional que permita el efectivo intercambio de información con la República de Colombia.
(Art. 3, Decreto 1966 de 2014)
(El Decreto 1966 de 2014 rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 2193 del 7 de octubre de 2013. Parágrafo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 338 de la Constitución Política, este Decreto no podrá aplicarse sino a partir del periodo fiscal siguiente con relación a los aspectos que regulen tributos cuya base sea el resultado de hechos ocurridos durante un periodo determinado. Art. 4, Decreto 1966 de 2014)
Concordancias Legales
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.2.5.1.
DECRETO 1966 DE 2014
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Paraisos Fiscales