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DECRETO 1159 DE 2012 Document Link Icon
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Artículo13
Título
ARTÍCULO 13. TRANSITORIO. <Ver Notas de Vigencia> Dentro del año siguiente a la expedición del presente decreto deberán surtirse las adecuaciones procedimentales y técnicas que se requieran por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, las entidades financieras y la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, para dar cumplimiento al presente decreto.

Sin perjuicio de lo anterior, la DIAN deberá expedir la resolución de que trata el artículo 8o de este Decreto, dentro de los tres (3) meses siguientes a la entrada en vigencia del presente decreto.