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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
1.2.1.22.6.
Título
Gastos de representación exentos.
Texto
Artículo 1.2.1.22.6.
Gastos de representación exentos.
En los términos previstos en el inciso 3° del numeral 7 del artículo 206 del Estatuto Tributario, se encuentran exentos de gastos de representación un porcentaje equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su salario que perciban en razón de sus funciones los Magistrados titulares de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura.
Para los jueces de la República el porcentaje exento será del veinticinco por ciento (25%) sobre su salario.
(Art. 1, Decreto 2921 de 2010)
Concordancias Legales
DECRETO 2921 DE 2010 ART. 1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Gastos de Representacion