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DECRETO 1625 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo1.2.1.17.8.
TítuloCosto de los inventarios.
Artículo 1.2.1.17.8. Costo de los inventarios. A partir del año gravable de 1995 los contribuyentes obligados a presentar a su declaración de renta firmada por revisor fiscal o contador público, únicamente pueden determinar el costo de enajenación de los activos movibles por alguno de los sistemas previstos en los numerales 2 y 3 del artículo 62 del Estatuto Tributario.

(Art. 1, Decreto 326 de 1995. Parágrafo 1 derogado tácitamente por el artículo 3 del Decreto 1333 de 1996. Parágrafo 2 tiene pérdida de vigencia por cumplimiento del plazo)