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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 1819 DE 2016
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
169.
Título
AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES.
Texto
ARTÍCULO 169. AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES.
Los contribuyentes de que trata el parágrafo 1o del artículo
905
del Libro VIII del Estatuto Tributario podrán acceder al Sistema General de Riesgos Laborales de que trata la Ley
1562
de 2012, en los términos que defina el Gobierno nacional. El monto de la cotización se financiará con recursos provenientes del componente de riesgos laborales del monotributo.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 1819 DE 2016 ART. 905.
LEY 1562 DE 2012
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES